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Las obligaciones en Roma




En Roma obligaciones, derecho de crédito o personales eran lo mismo, esta es la parte más importante del derecho romano.

Concepto: viene de obligatio, era la relación entre dos personas, una denominada acreedor (creditor) que podía exigir a la otra deudor (débito), un hecho determinado apreciable en dinero, este hecho se denominaba prestación que podía consistir en: Dare, preaestare y facere.
Dare, transferir la propiedad u otro derecho real, sobre la cosa, ejemplo transferir la propiedad de una cosa, o tener que realizar servicios o trabajo .

Praestare, entregar una cosa sin necesidad de transferir la propiedad proseguido ejemplo entregar una cosa en garantía en general garantizar algo.

Facere, ejecutar o no ejecutar un hecho, acción o inacción. Ejemplo la locación de servicios, construir un edificio, no cavar un pozo pegado a la pared del vecino.

Obligación, significa de latín obligatio y ligare: ligar, atar.

Las institutas de Gayo: definen: "es un lazo de derecho que nos constriñe en la necesidad de pagar alguna cosa conforme al derecho de nuestra ciudad".

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